La licitación pública, según la Ley 80 de 1993 en Colombia, es un
proceso de contratación en el que una entidad estatal invita de manera pública
a personas naturales o jurídicas a presentar propuestas. El objetivo es
adjudicar contratos para la provisión de bienes, servicios u obras. Este
procedimiento se caracteriza por ser transparente y competitivo,
garantizando que todos los interesados puedan participar en igualdad de
condiciones. La entidad selecciona la oferta más favorable, considerando
tanto criterios técnicos como económicos, asegurando así una contratación
eficiente y equitativa.
Clases de licitaciones:
Se ofrecen a determinadas entidades.
La
afluencia de proponentes es limitada.
La
presentación de oferentes responde a una licitación personal directa formulada por la
administración pública.
Se dirigen indeterminadamente a todos los posibles
proponentes.
La afluencia es ilimitada.
La presentación de oferentes obedece a un llamado
público objetivo.
Así mismo, cada una de las clasificaciones anteriores pueden ser de una de las siguientes categorías:
MONTO GLOBAL: En este tipo de licitación, el contratista debe completar el proyecto para un precio fijo, exclusivo de cualquier negociación de cambio de órdenes, es decir, excepciones a la especificación del contrato.
COSTO UNITARIO: El contratista licita sobre las
unidades según la lista hecha y comunicada por el diseñador del proyecto, quien
especifica las cantidades de unidades necesarias.
COSTO Y ALGO MÁS: El postor será reembolsado por la labor actual y los costos de material del proyecto y una cantidad fijada de mutuo acuerdo como ganancia.
DISEÑO / CONSTRUCCIÓN O LLAVE EN MANO: Bajo este
método, se selecciona una firma para diseñar y construir el proyecto y luego
entregárselo al dueño del proyecto al completar la construcción, por un costo
fijo o por una tasa más una cantidad, con un monto máximo.

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